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AGRUPACIÓN PARQUISTAS DE CARRIL

Presentan un contencioso contra el retraso electoral en las cofradías

La guerra abierta entre la Agrupación de Parquistas de Carril y la Consellería do Mar a cuenta del decreto de reordenación de parques ha traspasado ya los límites de ese asunto. Hace unos días, el 16 de agosto, la organización de productores que preside José Luis Villanueva presentaba ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia un «contencioso administrativo especial de protección de los derechos fundamentales». El objeto de dicho procedimiento, explica el documento jurídico, «es la inactividad de la Consellería do Medio Rural e do Mar en la convocatoria de elecciones para la renovación de los órganos de gobierno de las cofradías de pescadores de la comunidad autónoma de Galicia».

Antes de llegar al TSXG, dice el recurso, los parquistas intentaron otras vías. «La Agrupación de Productores de Parques de Cultivo de Carril, en defensa de los derechos de sus miembros, socios de la cofradía de pescadores Santiago Apóstol de Carril» llegó incluso a presentar «una reclamación administrativa» ante la propia Xunta. Y fue «ante la falta de respuesta de dicha Administración» cuando se tomó la decisión de recurrir a la Justicia.

A la hora de argumentar, señalan los parquistas que las cofradías son corporaciones de derecho público y destacan que «resulta incontestable la configuración democrática de sus órganos de gobierno», «indisolublemente ligada al fundamental derecho de participación» de los socios. También recalcan la «indiscutible obligación de la Administración demandada» de convocar elecciones.

 

Exigen la convocatoria

Las cosas de palacio van despacio. Y por eso, y a la espera de que se resuelva el contencioso interpuesto contra la «inactividad» de la Xunta, la agrupación de parquistas pide también al TSXG que «decrete la medida cautelar positiva de convocatoria de elecciones a los órganos de gobierno de las cofradías de pescadores de Galicia por parte de la Administración demandada».

Justifican esa petición apelando a que, «el período de tiempo que transcurriría hasta el dictamen de sentencia discurriría en claro perjuicio» de los socios de la agrupación, «al dilatarse hasta ese momento la convocatoria de elecciones».

En cambio, si la justicia ordena la puesta en marcha de ese proceso no perjudicaría ni a Mar, que «simplemente tuviere que cumplir con una obligación legalmente establecida», ni a terceros, «muy al contrario, salvaguardados estos como manifestación de su derecho fundamental a la participación en los asuntos públicos».

Fuente: La Voz de Galicia

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