La exsecretaria lleva al patrón de Carril a los tribunales tras fracasar la vía del SMAC
Villanueva delegó en el gestor administrativo de la cofradía y no acudió al acto de conciliación en Pontevedra -No hubo acuerdo y Fernanda Eiras ya presentó la demanda
La exsecretaria de la cofradía de pescadores de Carril demanda al patrón mayor en los juzgados. Este es el paso que Fernanda Eiras Mollinedo ya ha dado tras haber terminado sin acuerdo el acto celebrado ayer en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) en Pontevedra sobre el despido de la extrabajadora.
Como partes denunciadas figuraban tanto el pósito como el patrón. Sin embargo José Luis Villanueva no asistió, delegando "poderes" en el gestor administrativo de la cofradía, quien según fuentes próximas a la demandante, transmitió la voluntad del pósito de no llegar a un acuerdo.
El patrón declaró ayer a este periódico que fue la exsecretaria la que "renunció a su puesto de trabajo". "Nadie le pidió que lo hiciese y no se le puede habilitar un puesto a medida", recalcó.
Fernanda Eiras trabajó en la cofradía carrilexa durante 16 años, desde 2001. Ejerció funciones de secretaria con firma de los órganos de gobierno hasta el 18 de julio de 2017, cuando renunció a a este cargo, volviendo a trabajar como auxiliar administrativa, según su versión. Según la versión de Villanueva, el regreso a ese puesto nunca se habría producido.
El patrón recuerda que en 2006, durante el mandato de Fernando Franco, Fernanda Eiras y su hermana -también empleada de la cofradía- se permutaron los puestos de trabajo, por lo que la primera pasó a ocupar el cargo de secretaria y su familiar el de auxiliar administrativo.
La parte demandante considera que "no es cierta, o en todo caso insuficiente, la causa organizativa que se alega por la empresa para motivar el despido objetivo", por lo que reclama la nulidad del mismo, así como un indemnización de 20.000 euros al patrón por "violación de derechos fundamentales" a tenor "de los daños sufridos" a través de actuaciones de "discriminación y represalia".
Esgrime que la indemnización legal de 20 días por año trabajado debería ser de 22.878 euros y no de 20.548,25 al computarse una antigüedad incorrecta. Además la carta de despido "no acredita en modo alguno la inexistencia de un puesto de trabajo como auxiliar administrativa para la trabajadora", ya que el pósito restituyó a Eiras Mollinedo en su anterior puesto como auxiliar administrativa tras su renuncia a "su consideración" de secretaria "sin traba, oposición u obstáculo fáctico o jurídico alguno", según reza el escrito remitido al SMAC.
Ahora el conflicto se dirimirá en los tribunales y por tanto será un juez el que determine si el despido es objetivo o nulo.
Fuente: Faro de Vigo
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